El artículo 4 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común regula el concepto de interesado en el procedimiento administrativo. Se trata de un concepto amplio, ya que no solo afecta a quien inicia el procedimiento o es objeto del mismo, sino a cualquiera cuyos derechos e intereses (incluso colectivos) puedan resultar afectados.
Contenidos del artículo
Redacción del artículo 4 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Artículo 4. Concepto de interesado.
Se consideran interesados en el procedimiento administrativo:
a) Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.
b) Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.
c) Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.
Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales serán titulares de intereses legítimos colectivos en los términos que la Ley reconozca.
Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento.
Explicación del art. 4 Ley 39/2015
El artículo 4 Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula el concepto de interesado en el procedimiento administrativo. Este incluye:
- A quien promueva el procedimiento como titular de derechos o intereses legítimos.
- También a quien tenga derechos que puedan resultar afectados por el acto administrativo final.
- Y a quienes, pudiendo resultar afectados, se personen en el procedimiento.
Además, pueden tener la condición de interesados las asociaciones y organizaciones que representen intereses económicos y sociales, así como los herederos de otros interesados.
Jurisprudencia en torno al art. 4 de la Ley 39/2015
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Otros recursos relacionados con el artículo 4 Ley 39/2015
- Interesados en el procedimiento administrativo (comentario de los artículos 3, 4, 7 y 8 de la Ley 39/2015).
- Ley 39/2015: